Centros de cuidado y recreo infantil

La Ordenanza de Protección de la Salubridad Pública de la ciudad de Madrid,  clasifica los centros infantiles en los siguientes grupos:

    • Centros de cuidado infantil: Son centros que de forma regular o esporádica acogen niños para su cuidado, no estando autorizados para impartir educación infantil.
    • Centros de recreo infantil: Son centros destinados al recreo y esparcimiento infantil y/o celebración de fiestas infantiles.
    • Escuela infantil de primer ciclo: Son centros educativos para niños de cero a tres años de edad, autorizados para impartir primer ciclo de educación infantil.

Las escuelas infantiles de primer ciclo se regirán, en lo relativo a los requisitos de los locales y del personal, por lo previsto en la normativa estatal y autonómica que les sea de aplicación.

Ordenanza de Salubridad Pública